En el contexto académico, la ley 17.336 permite excepcionalmente hacer uso de la información protegida bajo el Derecho de Autor, dada la atención al derecho de la información, cultura o educación que todo ser humano tiene. En concreto, la ley determina el uso libre de la información en el ámbito educativo, a través del establecimiento de “límites” o “excepciones, destacándose los siguientes:
Límites o excepciones |
Características |
Cita |
Autoriza el uso de fragmentos breves de una obra ajena en otra propia, mencionando nombre del autor y fuente (art 71 B). |
Ilustración para la enseñanza |
Permite la utilización de fragmentos de obras de otros autores, mencionando nombre del autor y fuente, en la creación de materiales docentes. (art 71 M). No se considera comunicación ni ejecución pública de la obra. Su utilización se debe realizar dentro del establecimiento educación siempre y cuando su uso no tenga fines lucrativos (art 71N). |
Personas en situación de discapacidad |
Posibilita la reproducción, adaptación, distribución o comunicación al público de una obra en beneficio de personas con discapacidad visual, auditiva, o de otra clase, que le impidan el normal acceso a esta. |
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