Artículo 22°
Ante cualquier conducta inadecuada o impropia en los recintos de la biblioteca, se adoptarán las siguientes medidas:
- La devolución inmediata del material prestado
- El desalojo del recinto de la persona o personas causantes del problema
- En caso de reiteración, se procederá a sumario conforme a la disposición del Reglamento Académico.
Artículo 23°
Los usuarios que realicen actos perturbadores para las actividades estudiantiles, según lo establecido en el Reglamento Académico, se harán acreedores a las sanciones allí descritas.